El Observatorio del Estado de Conservación del Lobo denunciaba en Quercus 392 la ausencia de un plan de recuperación para el lobo (Canis lupus) en Castilla-La Mancha (1). Por desgracia, no se trata de un caso aislado. En la actualidad, la maraña normativa y administrativa alrededor de la especie es tal que el lobo en la Península Ibérica, dependiendo del territorio donde esté presente, puede estar considerado como especie protegida o cinegética (incluso de ambas maneras en una misma región, como Castilla y León, dependiendo de qué poblaciones se trate). También puede figurar como no cinegética pero tampoco protegida o incluso protegida pero con control de sus poblaciones, entre otras posibilidades.
En Portugal el lobo está protegido, estando prohibida su caza o captura en todo el territorio nacional y en cualquier época del año. Mientras, en España, desde 1989, la gestión y la protección legal del lobo recaen en las comunidades autónomas, que deben cumplir la normativa internacional y nacional al respecto, con un panorama bien variopinto.
Este contenido es un resumen / anticipo de una información cuyo texto completo se publica en la revista Quercus, tanto en su versión impresa como digital.
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