Miércoles 22 de octubre de 2014
El Tribunal Constitucional ha decidido mantener la suspensión cautelar del artículo 9 de la ley autonómica que vetaba a los agentes forestales el acceso a montes y fincas privados de la Comunidad de Madrid, a no ser que contaran con autorización judicial previa (ver Quercus 263, pág. 82).
Esta normativa, aprobada en julio de 2007, fue recurrida por el Ministerio de Medio Ambiente tres meses después, al entender que chocaba frontalmente con las atribuciones otorgadas a este colectivo profesional por otra norma: la ley 43/2003 de Montes, de carácter estatal, que les asigna la condición no sólo de agentes de la autoridad, sino también de policía administrativa forestal.
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