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UN DECLIVE PREVISTO DEL 70% JUSTIFICA EL CAMBIO LEGAL

¿Por qué la alondra ricotí debe catalogarse como ‘En peligro de extinción’?

Un macho de alondra ricotí canta sobre un matorral bajo. El canto de la especie es muy potente, pudiendo oírse a más de un kilómetro de distancia (foto: Ricardo Rodríguez).
Un macho de alondra ricotí canta sobre un matorral bajo. El canto de la especie es muy potente, pudiendo oírse a más de un kilómetro de distancia (foto: Ricardo Rodríguez).

Por Cristian Pérez-Granados y Germán M. López-Iborra

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:53h
La fragmentada población española es la única presencia de la alondra ricotí en Europa. Con la información científica disponible, esta ave debería pasar ya a ser clasificada como “En peligro de extinción” en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Un declive previsto del 70%, tras analizar la evolución de más de treinta de sus reductos, supera con creces la línea roja marcada por los criterios establecidos para abordar ese cambio legal.
En el contexto de Europa, la alondra ricotí (Chersophilus duponti) únicamente está presente en España, donde sus poblaciones se encuentran totalmente separadas de las africanas por el mar Mediterráneo, que actúa como barrera infranqueable. Hablamos de uno de los paseriformes europeos más amenazados, con unos efectivos reproductores estimados entre los años 2004 y 2007 en unas 2.000-2.400 parejas, de las que prácticamente el 70% se concentraba en tan solo nueve localidades (1).

Las principales amenazas que se ciernen en la actualidad sobre la alondra ricotí son la pérdida y el deterioro del hábitat, así como el elevado grado de aislamiento y ausencia de protección legal de muchas de sus poblaciones. En el antiguo Catálogo Nacional de Especies Amenazadas fue incluida en la categoría “De interés especial”, debido a que apenas se conocían datos. No olvidemos que su descubrimiento como especie reproductora en la península Ibérica era relativamente reciente. En 2004, con un mayor número de datos disponibles, vio aumentada su categoría legal de amenaza con su catalogación como “Vulnerable”, la misma que posee en el actual Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero).

No obstante, creemos que en la actualidad hay suficiente información para considerar que la alondra ricotí se debe clasificar oficialmente como “En peligro de extinción”, al cumplir con varios de los criterios orientadores establecidos para incorporar taxones y poblaciones en catálogos de especies amenazadas o para modificar la categoría legal de los ya incluidos. Estos criterios han recibido el visto bueno de la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, lo que permite dar cumplimiento al artículo 54 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (42/2007), que propone evaluar de manera periódica el estado de conservación de las especies amenazadas.

Hemeroteca
Quercus 329 (julio 2013)
Ref. 5301329 / 3’90
Alondra ricotí: ¿última baza en la provincia de Toledo? Cristian Pérez-Granados y otros autores.

Quercus 263 (enero 2008)
Ref. 5301263 / 3’90
La alondra ricotí en el norte de África. Francisco Suárez y otros autores.

Quercus 244 (junio 2006)
Ref. 5301244 / 3’90
La alondra ricotí, prácticamente desaparecida en territorio catalán. Francesc Moncasí.

Quercus 205 (marzo 2003)
Ref. 5301205 / 3’90
La primavera silenciosa de las alondras ibéricas. Francisco Suárez y otros autores.

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